Facturación Digital: Preguntas que debe estar haciéndose




En este artículo, exploraremos los aspectos clave de esta nueva normativa, sus beneficios y cómo está impactando el panorama económico del país. La facturación digital en Venezuela es obligatoria para las personas que realizan operaciones comerciales por medios electrónicos. Esto incluye a las redes sociales, portales de venta en línea y marketplaces. 
 
Para contribuir un poco en desentrañar el tema, hemos hecho un resumen de las preguntas que más nos han realizado en nuestras redes sociales. Si desea puede dejar sus preguntas también en los comentarios.
 

¿Cuál es la base legal?

La base legal se encuentra en la Providencia Administrativa SNAT/2024/000102 de fecha 19 de diciembre de 2024 y publicada en Gaceta Oficial número 43.032

 

¿A qué documentos afecta?

  • Facturas
  • Notas de Débito
  • Guías de Despacho
  • Comprobantes de retención de IVA e ISLR 

 

¿Quiénes se encuentran obligados?

  • Las personas naturales y/o jurídicas que efectúen operaciones comerciales exclusivamente a través de medios electrónicos o portales web (Artículo 4)
  • Las personas naturales y/o jurídicas obligadas a usar máquinas fiscales y que, simultáneamente, realicen operaciones a través de medios electrónicos o portales web (Artículo 5)

 

Soy profesional de libre ejercicio ¿Debo acatar la norma?

Las operaciones de los profesionales que se dediquen al libre ejercicio de su profesión no son consideradas como comerciales sino civiles, por lo tanto, no se encuentran sujetas a lo establecido en la Providencia 000102.

 

¿Qué actividades se encuentran excluidas?

  • Venta de bienes inmuebles
  • Importaciones no definitivas de bienes muebles
  • Operaciones realizadas por los bancos
  • Servicios prestados bajo relación de dependencia
  • Los servicios de transporte

 

¿Puedo realizar este tipo de facturación voluntariamente?

Puede hacerlo siempre y cuando cumpla con los siguientes parámetros:

  • Las personas jurídicas autorizadas por el SENIAT y que no se encuentren obligadas al uso exclusivo de máquinas fiscales.
  • Las personas jurídicas autorizadas por el SENIAT con anterioridad a emitir facturas digitales al momento de la promulgación de la Providencia 000102.

 

¿Puedo usar facturación digital y máquina fiscal al mismo tiempo?

Si. La Providencia 000102 no sustituye a la providencia 0071. Si su empresa se encontraba obligada al uso de máquinas fiscales y, además, realiza comercio electrónico, debe usar ambos métodos de facturación y, en su Libro de Ventas, debe reflejar facturación tanto de máquinas fiscales como digitales.

 

¿Qué debo hacer en caso de contingencia?

En caso de contingencia, los sujetos pasivos señalados en la Providencia deberán registrar los comprobantes físicos emitidos en sistema y resguardar el físico de estos. Asimismo, deberán notificar por escrito ante la Gerencia Regional de Tributos Internos de su adscripción, así como ante la imprenta digital que le presta sus servicios de asignación de números de control, una relación detallada de los mismos.

 
Puede descargar la Gaceta Oficial desde el siguiente enlace: Gaceta Oficial 43.032

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